16 ene 2021

El Sindicato Unitario de Cantabria denuncia a Supermercados Lupa por incumplir la orden de la Conserjería de Sanidad que obliga a instalar desfibriladores en los supermercados.

 

En los supermercados Lupa, después de más de dos años, siguen sin instalarse los desfibriladores que le obliga la Orden SAN/82/2018, de 1 de octubre, que regula la obligatoriedad de instalar desfibriladores en los espacios de uso público como son los supermercados.

Mientras que las otras grandes superficies que operan en Cantabria en el sector del comercio van cumpliendo con esta obligación legal, desde el primer momento que salió publicado en el BOC - allá por octubre del año 2018 – la dirección de Lupa parece empeñarse en su incumplimiento a pesar de los muchos requerimientos que le han hecho tanto el Comité de Empresa, como el Comité de Prevención de Riesgos Laborales.

Ante esta situación, no ha quedado más remedio que instar ante la Inspección Regional de Trabajo la denuncia pertinente para que con un poco de suerte Lupa instale desfibriladores que ayuden al tratamiento de los trabajadores y usuarios de los supermercados y almacenes ante la parada cardiaca y reanimación cardiopulmonar básica.

Esta claro que este comportamiento empresarial de LUPA, no solo es ilegal, sino que manifiesta un claro comportamiento insolidario no solo con los trabajadores de la empresa sino con los clientes que habitualmente visitan nuestras tiendas y almacenes, según los datos que recoge la estadística sanitaria los accidentes cardiovasculares son la primera causa de muerte en España con alrededor de 30.000 víctimas al año; de estos accidentes, alrededor del 80 % son fibrilaciones ventriculares, que se pueden revertir si se utiliza en los primeros minutos un desfibrilador. La velocidad es clave, ya que la posibilidad de recuperarse sin secuelas baja a cada minuto que pasa, y más allá de los 5 minutos el índice de supervivencia cae en picado.

Y no valen excusas para cumplir con una norma que define claramente cuando se han de instalar desfibriladores en nuestros supermercados, solo hace falta leer la Orden para comprobar que “ en los centros comerciales, individuales y colectivos, en el que se ejerza la actividad comercial minorista y que tenga una superficie edificada superior a 500 m2” se han de instalar, salvo que la desvergüenza llegue al extremo de no cumplirla por que el coste económico de la sanción le salga a la empresa más beneficiosa que cumplir con la Orden y en ese caso Lupa demostraría la más absoluta falta de solidaridad con sus clientes de quienes dice constantemente estar cerca.

Supermercados Lupa y Top Cash dispone en la Comunidad Autónoma de Cantabria de numerosos centros que reúnen los requisitos detallados en la denuncia para la Instalación de desfibriladores entre ellos los citados sitos en:

o   CLN-634, Barrio Ontoria s/n Cabezón de la Sal

o   Barrio Hornos s/n Argoños

o   C/Parque Comercial La Madera 58 (Ganzo) Torrelavega

 Agustín García Benito, en representación del Sindicato Unitario de Cantabria como Delegado de Prevención miembro del Comité de Seguridad Salud de la empresa SEMARK A.C. Group S.A ha presentado denuncia el pasado 14 de enero ante LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA solicitando la actuación por parte de esta Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la comprobación de cumplimiento por parte de SEMARK A.C. Group S.A de la Orden SAN/82/2018, de 1 de octubre y las actuaciones que considere oportunas y ajustadas a Derecho.

El Sindicato Unitario de Cantabria esperará un tiempo prudencial transcurrido el cual iniciará una campaña de recogida de firmas entre clientes y trabajadoras, campaña que fuerce a la compañía al cumplimiento de la Orden SAN/82/2018 de 1 de octubre.

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