El Juzgado de los Social Número 2
ha condenado a la empresa Solvay y a las secciones sindicales de UGT y CC OO a
reconocer el derecho de todos los trabajadores, incluidos los 50 jubilados
parciales, a percibir la paga del fondo social (289,41 euros) abonada en
septiembre de 2011. La denuncia fue presentada por otro sindicato, USO, porque
el convenio colectivo sólo contemplaba el abono del 15% de dicha paga (42,01
euros) a los jubilados parciales. La sentencia señala que este derecho es
aplicable a todos los trabajadores con contrato a tiempo parcial, que pueden
acogerse a diversos complementos extrasalariales.
Extensible a otras empresas
Esta sentencia no sólo es de
interés para los jubilados parciales o los contratados a tiempo parcial en
Solvay, sino para todos aquellos que están en la misma situación en otras
empresas: «De acuerdo con la directiva comunitaria 97/81 sobre el principio de
no discriminación y el artículo 12 del estatuto de los trabajadores, los
empleados a tiempo parcial tienen los mismos derechos que los que estén a
tiempo completo».
«Toda cuantía económica que no
retribuye el trabajo por unidad de tiempo, razón por la cual son conceptos
extrasalariales, no se puede considerar sometida a las vicisitudes de ninguna
unidad de tiempo en el trabajo, tanto si es reducido o ampliado, como recoge
reiterada jurisprudencia», explicó el dirigente sindical.
Los complementos extrasalariales
que deben percibir en su cuantía íntegra los trabajadores con contrato a tiempo
parcial: «Paga del fondo social, obras sociales (comedor, ticket de comida,
economato, etc.), vivienda, vehículo de empresa, estudios o ayuda escolar,
seguro colectivo de vida o accidente, pluses (extrasalariales, calzado,
transporte, limpieza de ropa, manutención...), prima de asistencia, seguro
médico y ticket de guardería».
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