31 may 2021

LO DE LOS INTERINOS NO SE ARREGLA NI CON LA VACUNA DE PFIZER

UGT, CCOO Y CSIF RENIEGAN DEL PLAN DE ESTABILIZACIÓN DE ICETA, PERO LO QUE NEGOCIAN CON EL AYUNTAMIENTO ES LO MISMO.

Buenos días, compañeros:

Es posible que a más de uno se le haya atragantado el desayuno, cuando se ha encontrado en el periódico un artículo acerca de la problemática de los interinos, en el que vertían su docta opinión alguno de los destacados representantes sindicales de este nuestro ayuntamiento. Quizás haya disfrutado con las temblorosas lágrimas a punto de aflorar de la representante de UGT, al pensar en el gran drama humano. O puede que haya empatizado con la furia justiciera del representante de CSIF, que señala la falta de sanciones a la administración frente a la desprotección de los interinos. O ha podido pensar que no puede estar más de acuerdo con la representante de CCOO, que en este caso no desempeña su labor en nuestro ayuntamiento, cuando asevera que la propuesta del gobierno es inasumible. Todos ellos, por cierto, lamentando que no se cumplieran los acuerdos de estabilización de empleo de los años 2017 y 2018.

Para el que lo haya olvidado, el acuerdo de 2017 es el conocido popularmente como “acuerdazo de Montoro”, firmado con los representantes de UGT, CCOO y CSIF. Pretendía resolver el problema de la temporalidad en la administración mediante una oferta pública de empleo de 250.000 plazas; las plazas de los interinos, por supuesto. El mecanismo de estas oposiciones sería el de concurso-oposición libre, o sea, que estarían abiertas a todos los ciudadanos, pero se tendría en cuenta y se computaría el tiempo que se llevara trabajando para una administración pública. Los requisitos de las plazas a ofertar no tenían en cuenta si se había cometido fraude de ley con sus ocupantes, de hecho, sus ocupantes daban lo mismo: se estabilizaban las plazas, y punto. Tampoco entonces se contemplaba ninguna sanción para las administraciones, ni la posibilidad de indemnizar a los interinos que perdieran su plaza.

En 2018, y con los mismos interlocutores, se firmó el “II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo”. Mucho menos publicitado que el anterior, mantenía las mismas líneas de actuación en el tema de la estabilización de empleo, aunque sin entrar a cuantificar el número de plazas, esta vez.

Curioso, cuando menos, que los sindicatos que firmaron estos acuerdos que tanto añoran vean alguna diferencia con la propuesta del actual gobierno, que parece un corta y pega de los mismos. Y que se rasguen las vestiduras y se lamenten como plañideras por el drama humano de los interinos, cuando ellos han seguido negociando en la misma línea con este nuestro ayuntamiento: se estabilizan las plazas, y punto. Pueden alegar, y lo hacen, que han intentado mejorar hasta el límite las condiciones del concurso para beneficiar a los interinos, pero ninguno de ellos se acuerda de la sentencia del TJUE del 19 de marzo de 2020, que dice en uno de sus numerosos párrafos:

A mayor abundamiento, por lo que respecta al hecho de que la organización de procesos selectivos ofrece a los empleados públicos que hayan sido nombrados de manera abusiva en el marco de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada la oportunidad de intentar acceder a la estabilidad en el empleo, ya que, en principio, pueden participar en dichos procesos, este hecho no exime a los Estados miembros del cumplimiento de la obligación de establecer una medida adecuada para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivos contratos y relaciones laborales de duración determinada. En efecto, como señaló, en esencia, la Abogada General en el punto 68 de sus conclusiones, tales procesos, cuyo resultado es además incierto, también están abiertos a los candidatos que no han sido víctimas de tal abuso.

Si la traducimos al cristiano, la sentencia nos viene a decir que hacer un concurso-oposición libre para estabilizar las plazas no es una solución ajustada al derecho europeo, pero parece que invocarla es pecado mortal. La posición de USO en la problemática de la estabilización del empleo temporal no ha cambiado en los últimos años, aunque por ello nos hayan tachado de ingenuos y nos hayan acusado de vender humo. Ante todos estos problemas derivados de la contratación temporal y precaria muchas veces en fraude de Ley, SIEMPRE HEMOS PROPUESTO Y SEGUIMOS PROPONIENDO LAS SIGUIENTES SOLUCIONES:

Aplicar el artículo 61, punto 6 del TREBEP, para el personal funcionario interino, mediante un Concurso Excepcional de Méritos, que se establecerá por Ley, para conseguir su fijeza.

     Aplicar el artículo 61, punto 7 del TREBEP, para el personal laboral Indefinido No fijo, temporal y/o eventual con contratos en fraude de Ley, mediante un Concurso de valoración de méritos, tal como establece el citado artículo, para que sean considerados a todos los efectos personal laboral fijo.

En ningún momento hemos pedido que se vulnere la ley, ni que se aplique de forma sesgada, pedimos que se utilice una herramienta legal prevista en nuestro ordenamiento jurídico, para lo cual solo hace falta voluntad política. Quizás si estos sindicatos, cuyos representantes se mesan los cabellos y se rasgan las vestiduras en público, nos hubieran apoyado en esta iniciativa desde el principio, ahora no tendríamos planteado este drama humano.

Seguiremos informando, hasta pronto.

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