25 oct 2026

Intervenir una federación no es suspender la democracia sindical

Lo ocurrido en la Federación de Industria de USO Cantabria empieza a adquirir una dimensión preocupante. Después de suspender a su Ejecutiva y sustituirla por una Comisión Gestora, la dirección estatal pretende ahora convertir una asamblea de delegados en un instrumento limitado, con un orden del día cerrado y funciones específicas para designar la representación de Cantabria al IV Congreso. Una decisión que plantea serias dudas sobre el respeto a los procedimientos congresuales y a la participación democrática de la afiliación. 

La respuesta de la Federación Estatal a la solicitud presentada el 16 de octubre para incorporar al orden del día un punto sobre la propuesta de sanción a Fernando Rey resulta especialmente reveladora. Se rechaza la petición alegando que la Federación está intervenida, que la asamblea no es un órgano estatutario de decisión y que, por tanto, no puede adoptar acuerdos vinculantes.

Pero esta argumentación elude la cuestión fundamental, ¿por qué la intervención de una federación debe servir para cerrar el debate colectivo y limitar la capacidad de sus delegados para expresar una posición común?

La situación resulta todavía más cuestionable si recordamos que, en la asamblea celebrada anteriormente, los propios asistentes solicitaron incorporar otros puntos al orden del día para abordar la crisis abierta en Cantabria y el expediente disciplinario contra el secretario general de la Federación, hoy sancionado. No estamos, por tanto, ante una ocurrencia sobrevenida, sino ante una demanda de participación que ya se había expresado y que vuelve a ser rechazada.

La dirección estatal invoca el carácter cerrado del orden del día como si se tratara de una razón suficiente para impedir el debate. Sin embargo, una cosa es que una asamblea carezca de competencias para adoptar acuerdos orgánicos vinculantes y otra muy distinta que se le niegue incluso la posibilidad de debatir y votar propuestas que reflejen la opinión de los delegados. La ausencia de capacidad decisoria formal no puede convertirse en una excusa para vaciar de contenido la participación sindical.

Hay, además, una contradicción que exige explicaciones. La Federación Estatal sostiene que la asamblea no es un órgano de decisión, pero le atribuye la función de designar la representación de Cantabria al IV Congreso. Si los procedimientos de elección están regulados por las normas estatutarias y congresuales de la fase precongresual, deben respetarse escrupulosamente. No resulta aceptable utilizar un procedimiento asambleario excepcional para asumir funciones que deben ajustarse a las reglas establecidas, mientras se niega a los mismos asistentes la posibilidad de abordar la crisis que afecta a su propia Federación.

Si la asamblea puede intervenir en la designación de representantes, la dirección debe explicar qué norma lo permite y bajo qué garantías. No basta con invocar los estatutos de manera selectiva, las reglas deben aplicarse con coherencia y sin convertir una convocatoria excepcional en un mecanismo para controlar la representación.

También se afirma que las secciones sindicales podrán votar libremente en el Consejo Regional de USO Cantabria, precisamente por ello, resulta difícil justificar que se impida a sus representantes debatir previamente una posición común, aunque esta no tenga carácter vinculante.

Intervenir una organización no significa otorgar a la dirección estatal un poder ilimitado sobre la vida sindical de sus afiliados. La sustitución de una Ejecutiva puede tener consecuencias orgánicas, pero no debería servir para restringir innecesariamente el debate, impedir la expresión colectiva de discrepancias o eludir las cuestiones que han provocado la crisis.

La democracia sindical no consiste en convocar asambleas para informar de decisiones ya tomadas, cerrar el orden del día y reservar a los asistentes el papel de meros espectadores, consiste en garantizar que los delegados puedan debatir, discrepar y expresar su posición dentro de las reglas estatutarias.

Lo que está en juego en Cantabria no es únicamente una sanción o una elección congresual, es el modelo de sindicato que se pretende imponer, uno en el que la participación se reconoce formalmente, pero se limita cuando puede resultar incómoda para la dirección.

Una Comisión Gestora puede sustituir temporalmente a una Ejecutiva, pero no debería convertirse en la coartada para silenciar el debate sindical.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario