6 feb 2021

Siempre es de agradecer que las noticias que den los políticos a la opinión pública, sea veraz, y ajustada a un relato de hechos ciertos

 

En Santander, a 04/02/2021.

En relación al
comunicado emitido el pasado 02/02/21 por la Sra. Alcaldesa respecto a la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ratificando la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 5 condenando al Ayuntamiento, y que trae causa de una denuncia del Sindicato USO, en el que se expone (literal)

“Gema Igual ha aclarado que la sentencia se refiere única y exclusivamente al Comité de Seguridad y Salud en la que USO no tiene representatividad y a la que su delegado puede asistir con voz pero sin voto pero “ninguno de los delegados sindicales lo aceptó, por lo que tuvo que abandonar la reunión”, los abajo firmantes, en representación de los Sindicatos CSIF y CC.OO, que ostentan la MAYORÍA de la representatividad de los trabajadores del Ayuntamiento de Santander en la MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE ASUNTOS COMUNES AL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL, EXPONEN:

     Primero.- Que, tal y como nos ha sido trasladado por nuestros respectivos Delegados de Prevención, asistentes en su condición de tal a la reunión de Comité de Seguridad y Salud donde se desarrollaron los hechos objeto de la Sentencia, fue el Presidente del Comité, D. Pedro José Nalda Condado, Concejal de Personal y Protección Ciudadana, quien personalmente expulsó de la reunión al Delegado Sindical de USO, sin ni siquiera consultar en ningún momento a cualquiera de los Técnicos Municipales ni recabar la opinión de los Delegados de Prevención (que no representantes sindicales) presentes.

Segundo.- Que, la “aclaración” de la Sra. Alcaldesa, no sabemos si mal aconsejada, deliberada o erróneamente, parece trasladar la responsabilidad de los hechos acaecidos al resto de los Sindicatos y, por ende, a CSIF y CC.OO (refiriéndose a “delegados sindicales”), cuando en ningún caso, estos tuvieron nada que ver con el desarrollo de los hechos objeto de la Sentencia; es más, como parece desconocer la Sra. Alcaldesa, los Delegados de Prevención en ningún caso tienen legitimación legal, capacidad o poder alguno para negar la asistencia o expulsar a un Delegado Sindical de una reunión del Comité de Seguridad y Salud.


Tercero.- Que, en ningún caso, vamos a consentir que se nos intente inculpar de unos hechos en los que no hemos tenido absolutamente nada que ver y menos de unos que han sido calificados en Sentencia firme como una “conculcación del derecho fundamental a la libertad sindical”.


Cuarto.- Que, ahondando en el comunicado, la defensa por parte de la Sra. Alcaldesa de la actuación del Concejal de Personal y Protección Ciudadana, señalando (textual) “no ha habido ningún acto reprochable porque el ejercicio de la libertad sindical corresponde a los delegados sindicales elegidos por los empleados municipales para que los representen y no corresponde al concejal de Personal designarlos” raya en lo grotesco, en lo absurdo, puesto que tal afirmación nada tiene que ver con los hechos objeto de la Sentencia que, insistimos, trae causa precisamente de una vulneración de los derechos de un Delegado Sindical por parte, y solo por parte, de D. Pedro José Nalda Condado, calificados como “una ratificación municipal en su comportamiento antijurídico” y que ha supuesto la condena al Ayuntamiento por “conculcación del derecho fundamental a la libertad sindical declarando la nulidad radical de la conducta llevada a cabo” y al pago de una indemnización de 9.000 €, indemnización cuyo pago recae, al fin y al cabo, en los vecinos de Santander.

Por supuesto que no corresponde al Concejal de Personal designar a los representantes sindicales, ¡qué más quisiera quién ha calificado las legítimas críticas a su trabajo como conductas “antidemocráticas”! y, ¡por supuesto! que el Ayuntamiento debe acatar la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, pero eso no resuelve la responsabilidad política en que incurre quien ha dado lugar con “su comportamiento antijurídico” a una Sentencia de tal naturaleza y calibre.

Quinto.- Que, esta Sentencia no viene más que a reforzar a los Sindicatos firmantes en su convicción de la necesidad de que se produzca un relevo inmediato en la titularidad de la Concejalía de Personal y Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Santander, de forma que se supere la actual inoperancia e incapacidad que viene demostrando día tras día, D. Pedro José Nalda Condado; sus ya largos casi seis años al frente del Área de Personal lo han ido erosionando y, finalmente, lo han deslegitimado como interlocutor válido ante la parte social; no lo decimos nosotros solos, sino la mayoría de los Sindicatos, representantes de los  empleados municipales.

 Por todo lo expuesto anteriormente, en el ejercicio de sus responsabilidades sindicales, EXIGEN:

Que la Sra. Alcaldesa proceda a CESAR al actual Concejal-Delegado de Personal y Protección Ciudadana, tal y como ya solicitamos conjuntamente el pasado 26/01/21.

  

Fdo. D. Manuel Ángel Pérez Solís.

Fdo.: D. Eugenio Caballero Helguera.

En representación de CSIF.

En representación de CC.OO.

 

 

 

 

 

 

 


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