Ahora ante el Tribunal Supremo que, con sentencia en mano, acabado con el apetito desmesurado del ayuntamiento a cobrar impuestos entre otros a los Supermercados Lupa, a quienes quería meter mano a través del Impuesto de Actividades Económicas.
Según parece, el ayuntamiento pretendía cobrar a esta empresa impuestos por el “comercio al por menor y por despacho de pan de forma separada”. Los santanderinos que compramos en esta cadena alimenticia vemos cada día las actividades que realizan sus empleados, y por lo que afecta al pan, esta actividad queda reducida a meter en un horno barras de pan precocinado hasta convertirse en la barra de pan que consumimos.
En
esa actividad básica no parece pueda ser considerada como actividad propia de
los panaderos al uso, que diariamente mezclan las materias primas propias de la
fabricación del pan, comprobación que debería haber hecho el “letrado” asesor
municipal `para con ello no dejar en ridículo al ayuntamiento santanderino.
Dice
el Tribunal Supremo que la venta del pan es una actividad mas de las que se
hacen en el supermercado, por lo tanto, sujeta a los impuestos del comercio al
por menor, que el transito en el uso de los hornos para calentar los panes
congelados no supone la totalidad del proceso de fabricación, y ya puestos, que
esta actividad no supone un trabajo que requiera, ni de grandes conocimientos
especializados, ni de complejos procesos de producción.
Y
mientras tanto la alcaldesa Gema Igual sigue incapaz de poner orden en los
chapuceros servicios jurídicos, que buen dinero nos está costando a los
santanderinos.
En
definitiva, un varapalo para el Ayuntamiento de Santander y su ambición por
meter la mano al bolsillo de los ciudadanos, porque al final, de prosperar esta
locura municipal seriamos los santanderinos quienes acabaríamos pagando en el
precio del pan el incremento del impuesto que se pretendía cobrar.